Declaración de Accesibilidad

El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital se ha comprometido a hacer accesible su sitio web de conformidad con el Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público, por el que se traspone la Directiva (UE) 2016/2102 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de octubre de 2016.

La presente declaración de accesibilidad se aplica a los sitios web https://agentesdelcambio.gob.es y https://agentesdelcambio.mineco.gob.es, excluyendo los contenidos incrustados provenientes de otros dominios.

Situación de cumplimiento

Este sitio web es plenamente conforme con el Real Decreto 1112/2018 sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público.

Preparación de la presente declaración de accesibilidad

La presente declaración fue preparada el 08 de agosto de 2023.

El método empleado para preparar la declaración ha sido una autoevaluación llevada a cabo por el propio organismo.

Última revisión de la declaración: 17 de agosto de 2023

Observaciones y datos de contacto

Puede realizar comunicaciones sobre requisitos de accesibilidad (artículo 10.2.a del RD 1112/2018) como, por ejemplo:

  • Informar sobre cualquier posible incumplimiento por parte de este sitio web.
  • Transmitir otras dificultades de acceso al contenido.
  • Formular cualquier otra consulta o sugerencia de mejora relativa a la accesibilidad del sitio web a través de la siguiente dirección de correo electrónico: implementación.adc@economia.gob.es

Puede presentar:

  • Una Queja relativa al cumplimiento de los requisitos del RD 1112/2018
  • Una Solicitud de Información accesible relativa a:
    1. Contenidos que están excluidos del ámbito de aplicación del RD 1112/2018 según lo establecido por el artículo 3, apartado 4.
    2. Contenidos que están exentos del cumplimiento de los requisitos de accesibilidad por imponer una carga desproporcionada.

En la Solicitud de información accesible, se debe concretar, con toda claridad, los hechos, razones y petición que permitan constatar que se trata de una solicitud razonable y legítima.

A través de la Instancia Genérica de la Sede electrónica del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, así como del resto de opciones recogidas en la Ley 39/ 2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las comunicaciones, quejas y solicitudes de información accesible serán recibidas y tratadas por la Subdirección General de Economía del Dato y Digitalización.

Procedimiento de aplicación

Si una vez realizada una solicitud de información accesible o queja, ésta hubiera sido desestimada, no se estuviera de acuerdo con la decisión adoptada, o la respuesta no cumpliera los requisitos contemplados en el artículo 12.5, la persona interesada podrá iniciar una reclamación. Igualmente se podrá iniciar una reclamación en el caso de que haya transcurrido el plazo de veinte días hábiles sin haber obtenido respuesta.

La reclamación puede ser presentada través de la Instancia Genérica de la Sede electrónica del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, así como en el resto de opciones recogidas en la Ley 39/ 2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las reclamaciones serán recibidas y tratadas por la Subsecretaría de Asuntos Económicos y Transformación Digital del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.